Un oficial local de registros civiles no emitirá una licencia para matrimonio o unión civil antes de 72 horas después de haberse presentado la solicitud para dicha licencia, a menos que se ordene por una orden judicial de la Corte Superior. Si la ceremonia está prevista para un sábado o domingo, la solicitud debe presentarse a más tardar el siguiente martes. Si la solicitud es hecha el miércoles o jueves, las 72 horas terminarán el sábado o domingo, pero probablemente el oficial de registros civiles no estará disponible en esos días o cualquier día festivo. Si ambas partes no están disponibles para completar la solicitud al mismo tiempo, cualquiera de los solicitantes puede iniciar el proceso de espera completando su parte (A ó B) en la solicitud. El otro solicitante deberá volver a completar su parte en la solicitud con el mismo testigo (quien debe ser mayor de 18 años).
La solicitud debe ser completada por ambos solicitantes ante de que la licencia sea emitida. La solicitud es valida por seis meses a partir de la fecha presentada.
Una vez se halla emitido, la licencia esta es valida por 30 días. Una pareja que desee tener ambas ceremonias religiosa y civil, se le puede emitir una licencia para ambas ceremonias con una sola solicitud. Sin embargo, una pareja que desee tener dos ceremonias religiosas, y que desee tenerlas en registro, no podrá tener dos licencias a la misma vez. Deberán solicitar y utilizar la primera licencia y luego volver donde el oficial de registros civiles con el certificado original firmado y un testigo para solicitar una licencia para un re-matrimonio o reafirmación de unión civil.